
Muchas veces nos quejamos de la injerencia de la AFIP en la vida de los contribuyentes, pero en esta oportunidad, debemos felicitar por la iniciativa de poner en alerta a los trabajadores.
La nueva publicidad de la AFIP, en diarios, medios gráficos, en vía publica y medios digitales, alerta y da el uso de un sistema de consulta fácil y accesible para el trabajador, como es mandar un msn.-
La ley de contrato de trabajo prevé, una sanción en el caso de falta de realización de aportes por parte del empleador, el art. 132 bis, tanto de la seguridad social, como de la obra social, que es un salario mensual hasta el efectivo pago de los aportes. Todo esto previa intimación al empleador.
La idea de controlar los aportes de manera sencilla, le da la posibilidad al trabajador, de saber si debe o no reclamar, y siempre en caso de duda consultar a su abogado de confianza.-
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